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“Por la cual se establecen medidas para garantizar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes en algunos lugares del territorio nacional y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Con el fin de garantizar la seguridad de los menores de edad en el territorio nacional, fortalecer el crecimiento sano, mejorar el entorno y el esparcimiento de la recreación en los menores de edad y fortalecer los lazos familiares, se prohíbe la circulación, locomoción y tránsito de los menores de edad en el territorio nacional después de las 11:00 p. m. y hasta las 5:00 a. m. sin la compañía de sus padres o adultos responsables, para este último evento los menores de edad deberán contar con permiso escrito de sus padres ó de quien ejerza la patria potestad. Para los efectos de la presente ley, entiéndase como menor de edad aquel que no supere los 16 años.


Datos Generales

Sep 02 d 2008 Fecha de inicio 1 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 02 2008

Radicado

Sep 03 2008

Publicación

574/08

Dic 05 2008

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

907/08

Ponentes

Jun 10 2009

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

489/09, 660/09

Jun 11 2009

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

489/09

Ponentes

Jun 19 2009

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

592/09, 774/09

Oct 27 2009

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

1128/09

Ponentes

Jun 09 2010

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

Datos generales