Relatoría
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2º (parcial) de la ley 1371 de 2009,...
Decisión
Fallo de Exequibilidad
Demandantes
Concepto del procurador
Alejandro Ordoñez Maldonado
Concepto:Exequible (únicamente) por los cargos formulados
Magistrado ponente
Luis Ernesto Vargas
Tipo de la norma
Ley ordinaria
Artículos de la constitución presuntamente violados
Presidente de la Corte
Gabriel Eduardo Mendoza
Ministerios intervinientes
Votación de magistrados
Base de datos Sentencias 1992 a 2010 por Juan Carlos Rodríguez Raga
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Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2º (parcial) de la ley 1371 de 2009, por la cual se establece la concurrencia para el pago del pasivo pensional de las universidades estatales del nivel nacional y territorial y se dictan otras disposiciones. La demandante considera que la expresión acusada, en cuanto circunscribe a las entidades fiduciarias la potestad legal para la administración del fondo para el pago del pasivo pensional de las universidades públicas, vulnera los derechos a la seguridad social, la igualdad y la libre competencia económica. La sala concluye que el aparte demandado se encuadra dentro del amplio margen de configuración legislativa en materia de definición de institucionalidad del sistema de seguridad social, que no afecta el núcleo esencial de las libertades económicas y que cumple con criterios de razonabilidad y proporcionalidad, escrutados a partir del reconocimiento del margen de regulación. Se declara la exequibilidad de la expresión fiduciaria, contenida en el artículo 2º de la ley 1371 de 2009.
Charris Ibarra Sandra Paola
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Ministerio de Salud
Ministerio de Desarrollo Económico
Ministerio de Educación
Votó con la mayoría
Humberto Sierra Porto
Votó con la mayoría
Nilson Pinilla Pinilla
Votó con la mayoría
María Victoria Calle
Votó con la mayoría
Jorge Pretelt Chaljub
Votó con la mayoría
Jorge Iván Palacio
Votó con la mayoría
Luis Ernesto Vargas
Votó con la mayoría
Gabriel Eduardo Mendoza
Votó con la mayoría
Adriana María Guillen Arango
Ausente
Mauricio González Cuervo