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“Proyecto mediante el cual se reglamenta la seguridad en el transporte escolar en el territorio nacional. [Seguridad en el transporte escolar]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Para el transporte escolar de menores, niños y/o niñas, se debe cumplir con los siguientes requisitos según la edad:
1. Para los menores, niños y/o niñas hasta un (1) año de edad, podrán ser desplazados en los brazos de una persona adulta, siempre y cuando ambos se ubiquen en las sillas traseras del automotor, o en sillas especiales de retención para bebés orientadas en la parte trasera del vehículo.
2. Para los menores, niños y/o niñas entre uno (1) y cinco (5) años de edad, que se desplacen en vehículos particulares o de transporte especial, deberán hacer uso de sillas infantiles de retención, ubicadas en las sillas traseras del automotor, las cuales se fijarán al mismo a través de los cinturones de seguridad de cada silla, o a través del dispositivo estándar ISOFIX de sujeción. En los vehículos particulares las sillas infantiles de retención se instalarán en las sillas traseras de los mismos.
En los vehículos de transporte especial, corresponderá a los padres o responsables del menor suministrar la silla infantil, y al responsable del vehículo contar con los cinturones que permitan la adecuada sujeción de la misma.
3. Para los menores, niños y/o niñas entre los seis (6) y diez (10) años de edad, que se desplacen en vehículos particulares o en los que presten servicio público de transporte especial, deberán hacer uso de uno cualquiera de los siguientes mecanismos de seguridad:
a) Sillas infantiles de retención, las cuales irán fijadas en las sillas traseras del automotor a través de los cinturones de seguridad de cada silla, o a través del dispositivo estándar ISOFIX de sujeción, o
b) Cinturones de seguridad de dos puntos, o
c) Cinturones de seguridad de tres puntos, utilizando la banda diagonal por debajo de los hombros;
d) Cinturones de seguridad de tres puntos, utilizando un dispositivo elevador de silla.
4. Para los menores, niños y/o niñas entre once (11) y dieciocho (18) años de edad, que se desplacen en vehículos particulares o en los que presten servicio público de transporte especial, deberán hacer uso de cinturones de seguridad de dos (2) o más puntos.


Datos Generales

Abr 11 d 2011 Fecha de inicio 7 Votaciones realizadas

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Jun 202012

Aprobada conciliación en CámaraAprobada conciliación en SenadoAprobación del Informe de Conciliación del Proyecto de Ley número 211 de 2011 Cámara de Representantes.
1%
99%

May 302012

Aprobado Tercer DebateAprobación del título y el tránsito a siguiente debate del Proyecto de Ley número 119 de 2011 Senado, 211 de 2011 Cámara.
0%
100%

May 302012

Aprobado Tercer DebateAprobación en bloque del articulado del Proyecto de Ley número 119 de 2011 Senado, 211 de 2011 Cámara, incluyendo las modificaciones propuestas por el senador Plinio Olano.
0%
100%

May 302012

Aprobado Tercer DebateAprobación de la proposición positiva con que termina el informe de ponencia del Proyecto de Ley número 119 de 2011 Senado, 211 de 2011 Cámara.
0%
100%

Ago 232011

Aprobado Segundo DebateAprobación de los impedimentos presentados por los Honorables Representantes Jairo Ortega Samboni, Pedrito Tomás Pereira Caballero, Esmeralda Sarria y Luis Enrique Dussan al Proyecto de Ley número 211 de 2011 Cámara.
20%
80%

Ago 162011

Aprobado Segundo DebateAprobación de los impedimentos presentados por los Honorables Representantes Jairo Ortega Samboni y Pedrito Tomás Pereira Caballero al Proyecto de Ley número 211 de 2010 Cámara.
43%
57%

Jun 082011

Aprobado Primer DebateAprobación del impedimento presentado por el Representante Jairo Ortega Samboni para participar en la discusión y votación del Proyecto de Ley número 211 de 2011 Cámara.
0%
100%
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 11 2011

Radicado

Abr 14 2011

Publicación

191/11

Jun 02 2011

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

363/11

Ponentes

Jun 08 2011

Aprobado Primer DebateCom VI Cámara

537/11, 637/11

Jul 21 2011

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

537/11

Ponentes

Ago 30 2011

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

668/11, 1000/11

May 16 2012

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

236/12

Ponentes

May 30 2012

Aprobado Tercer DebateComisión VI Senado

312/12, 546/12

Jun 05 2012

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

312/12

Ponentes

Jun 14 2012

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

535/12, 575/12

Jun 15 2012

En ConciliaciónInforme

381/12, 382/12

Ponentes

Jun 20 2012

Aprobada conciliación en CámaraPlenaria Cámara

Jun 20 2012

Aprobada conciliación en SenadoPlenaria Senado

417/12

Jul 06 2012

Objeción Parcial del EjecutivoObjeción parcial por inconstitucionalidad e inconveniencia

422/12

Datos generales