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“Proyecto mediante el cual se imponen sanciones de tipo penal a toda persona que participe, dirija, promulgue o publique actos de crueldad o torturas contra los animales y se penalizan otros tipos de conductas.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Todos los animales tienen derecho a la vida y tienen los mismos derechos a la existencia. Ningún ciudadano colombiano o extranjero podrá explotar a un animal ejerciendo contra él actos de crueldad mediante espectáculos públicos o exhibición. Por incurrir en esta conducta tendrá pena de prisión de 1 a 3 años de y multa de 200 a 1000 salarios mínimos mensuales.


Datos Generales

Ago 27 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 27 2001

Radicado

Ago 29 2001

Publicación

427/01

Dic 10 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

654/01

Ponentes

May 15 2002

Archivado en DebateCom I Senado Art 157 Ley 5 de 1992

293/02

Datos generales