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“Por medio del cual se modifica el numeral 4 del artículo 291 de la Ley 1564 del 2012, para establecer la notificación a través de mensajes de transmisión de datos en procesos de familia de única instancia. [Notificación electrónica en procesos de familia]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

En los asuntos de los que trata el artículo 21 de la presente ley, en los cuales conoce el Juez de Familia en única instancia, cuando la dirección no existe o la persona no reside o no trabaja en el lugar, se procede a solicitar al Juez se realice la notificación personal a través de un mensaje de transmisión de datos de la aplicación whatsapp o mensaje de texto telefónico, previo a la certificación que el operador remita al Juez de Conocimiento en donde indique que el demandado es el titular de la línea telefónica y que cuenta con plan de datos.


Datos Generales

Abr 03 d 2018 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 03 2018

Radicado

Abr 05 2018

Publicación

112/18

Abr 27 2018

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

188/18

Ponentes

Jun 21 2018

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2018 2022

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Justicia

  • Tema

    Familia

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    203/18

  • Fecha de Radicación

    abr. 3, 2018

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2017 - Jul 2018

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    188/18

    112/18

  • Tags

    notificacion judicial procesos de familia