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“Por medio del cual se modifica el artículo 107 de la Constitución Política. [Cambio de partido, Transfuguismo]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El proyecto reduce el tiempo de renuncia a la curul para poder postularse a las siguientes elecciones por un partido político diferente, y esta renuncia debe hacerse en el momento de la inscripción a las mismas. Esta fórmula continúa con la prohibición de la doble militancia, dado que, si se renuncia en el momento de la inscripción, se está respetando el partido y los electores, y finalmente este es el momento en el que se materializa el hecho jurídico del cambio de partido, sin que se pueda afirmar de manera alguna que existe doble militancia.

Igualmente, se incorpora una disposición transitoria a las sanciones previstas en el artículo 107 de la Constitución política, a favor de los actuales miembros de las Corporaciones Públicas, en el sentido de otorgarles la posibilidad de retirarse del partido político en el que se encuentran e inscribirse en otro, por una sola vez y solo en el término de dos meses siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo.


Datos Generales

Ago 01 d 2012 Fecha de inicio 5 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 01 2012

Radicado

Ago 03 2012

Publicación

484/12

Ago 10 2012

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

527/12

Ponentes

Ago 29 2012

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

629/12

Sep 12 2012

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

629/12

Ponentes

Dic 16 2012

Archivado por Vencimiento de TérminosArt. 225 Ley 5 de 1992

Datos generales