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“Por medio del cual se adiciona la Ley 600 de 2000, Código de Procedimiento Penal (artículo 365a, indemnización por privación injusta de la libertad).”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Quien haya sido privado injustamente de la libertad podrá demandar al Estado indemnización de perjuicios. Se considera privado injustamente de la libertad aquel sindicado que haya sido sometido a detención preventiva y fuere exonerado por sentencia absolutoria definitiva o su equivalente, siempre que su detención no se hubiese producido por culpa grave o dolo del afectado.


Datos Generales

Dic 14 d 2000 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Dic 14 2000

Radicado

Ene 26 2001

Publicación

05/01

Abr 06 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

131/01

Ponentes

May 16 2001

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

236/01, 381/01

May 29 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

247/01

Ponentes

Jun 13 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

342/01

Sep 06 2001

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

439/01

Ponentes

Jun 20 2002

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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