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“Por medio del cual se establecen los principios que regulan la responsabilidad de los médicos y se dictan otras disposiciones para el ejercicio de la profesión médica en Colombia.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los médicos solo serán responsables de los daños causados en el ejercicio de su profesión por dolo o culpa. El médico, en ejercicio de su profesión, adquiere obligaciones de medio no de resultado. La responsabilidad del médico no irá más allá del riesgo previsto, entendiéndose éste como el referido a la situación clínico-patológica del paciente en cada situación específica de acuerdo con la lex artis vigente al momento de los hechos y no por la descripción general de riesgo de la ciencias de la salud.


Datos Generales

Mar 22 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Mar 22 2001

Radicado

Mar 27 2001

Publicación

87/01

Jun 06 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

284/01

Ponentes

Jun 13 2001

Aprobado Primer DebateComisión VII Senado

Sep 06 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

477/01

Ponentes

Dic 13 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

74/02, 86/02

Jun 14 2002

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

231/02

Ponentes

Jun 20 2002

Aprobado Tercer DebateComisión VII Cámara

Jun 20 2003

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales