“Por medio del cual se deroga el artículo 297 de la Ley 5 de 1992 (causales de previo pronunciamiento judicial).”
Sinopsis
Busca eliminarse del Reglamento del Congreso, el artículo 297 sobre las causales de previo pronunciamiento judicial. El artículo dice que cuando las causales invocadas para pérdida de la investidura correspondan por indebida destinación de dineros públicos o tráfico de influencias debidamente comprobadas, la autoridad respectiva dará traslado de la sentencia ejecutoriada o en firme al Consejo de Estado en pleno, para que en los términos y condiciones legales sea declarada judicialmente.Si el informe llegare a las Cámaras legislativas, o por cualquier medio se tuviere conocimiento del proceso adelantado en tal sentido, los Secretarios Generales solicitarán confirmación de la decisión emanada de la autoridad correspondiente y allegarán la documentación pertinente para la Comisión de Etica y Estatuto del Congresista.
Si ello finalmente fuere comprobado, la Mesa Directiva de la respectiva Cámara solicitará de inmediato al Consejo de Estado la declaratoria de pérdida de la investidura de Congresista. Se busca derogar este artículo que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.
Datos Generales
Mar 28 d 2000 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Mar 28 2000 | Radicado | ||
Mar 31 2000 | Publicación | ||
Abr 01 2000 | Acumulado | Ver PL 255/00 Senado | |
Ponentes |
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Rama Legislativa
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
mar. 28, 2000
Legislatura
Legislatura Jul 1999 - Jun 2000
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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