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“Por medio del cual se modifica la Ley 564 de 1999 y se destinan recursos para la vivienda de interés social.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

De conformidad con el artículo 51 y numeral 2 del artículo 359 de la Constitución Política, se asignará de los recursos del presupuesto nacional una suma anual equivalente a trescientos ochenta mil millones de pesos ($380.000.000.000.00) expresados en UVR, con el fin de destinarlos al otorgamiento de subsidios para la Vivienda de Interés Social, VIS, subsidiable. La partida presupuestal de que trata este artículo no podrá ser objeto en ningún caso de recortes presupuestales. Para dar cumplimiento al artículo 51 de la Constitución Política de Colombia las entidades del Estado o de carácter mixto, que promuevan, financien, subsidien o ejecuten planes de vivienda de interés social subsidiable, directa o indirectamente diseñarán y ejecutarán programas de vivienda urbana y rural. Dichos programas se realizarán en distintas modalidades en los términos de la Ley 3ª de 1991.


Datos Generales

Mar 29 d 2006 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Mar 29 2006

Radicado

Mar 31 2006

Publicación

55/06

Abr 01 2006

AcumuladoVer Pl 260/06 Cámara

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Vivienda

  • Tema

    Economía

  • Número en Cámara de Representantes

    263/06

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    mar. 29, 2006

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    55/06

  • Tags

    vivienda