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“Por medio del cual se modifica la Ley 546 del 1999 y se destinan recursos para la vivienda de interés social. [Vivienda de Interés Social]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

De conformidad con el artículo 51 y el numeral segundo del artículo 359 de la Constitución Nacional, se asignará de los recursos del presupuesto nacional una suma anual equivalente a doscientos cincuenta mil millones de pesos ($250.000.000.000), con el objeto de destinarlos para los subsidios de vivienda de interés social rural y urbana. Esta partida será incrementada cada año, según el IPC y no podrá ser objeto en ningún caso de recorte presupuestal. El Gobierno destinará anualmente el cuarenta por ciento (40%) de los recursos presupuestales apropiados para la VIS Rural.


Datos Generales

Sep 08 d 2004 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 08 2004

Radicado

Sep 10 2004

Publicación

524/04

Nov 05 2004

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

698/04

Ponentes

Dic 16 2004

Aprobado Primer DebateComisión III Cámara

245/05

Abr 26 2005

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

364/05

Ponentes

Ago 16 2005

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

587/05, 599/05

Dic 01 2005

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

848/05

Ponentes

Jun 07 2006

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

218/06

Datos generales