“Por medio del cual se facilita el aprovechamiento del tiempo libre y la recreación en familia.”
Sinopsis
El Ministerio de Educación Nacional reglamentará los calendarios académicos de tal manera que se contemple tres (3) períodos vacacionales, uno de los cuales coincidirá con la tercera (3ª) o cuarta (4ª) semana del mes de septiembre de cada año de modo que se facilite el aprovechamiento del tiempo libre y la recreación en familia. Los empleadores públicos o privados darán prioridad a la solicitud parcial o total de vacaciones que presenten los padres o madres de familia en este período.
Datos Generales
| May 11 d 2005 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Listado de votaciones
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May 11 2005 | Radicado | ||
May 18 2005 | Publicación | ||
Jun 20 2005 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |




