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“Por medio del cual se reglamenta la práctica del tatuaje y la perforación (body piercing) y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El objeto de la presente ley es la protección de la salud de los usuarios en el proceso de práctica del tatuaje y/o la perforación, así como la de regular el ejercicio de los profesionales dedicados a la actividad, al igual que el de establecer los requisitos de funcionamiento que deben cumplir los establecimientos en los que se elaboren los procedimientos de tatuaje y perforación. De igual modo regular el régimen aplicable para autorizaciones, control e inspección de los establecimientos y su régimen sancionatorio.


Datos Generales

Sep 06 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 06 2005

Radicado

Sep 09 2005

Publicación

596/05

Nov 07 2005

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

839/05

Ponentes

Dic 15 2005

Aprobado Primer DebateComisión VII Cámara

54/06

Mar 22 2006

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

54/06

Ponentes

May 31 2006

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

235/06

May 04 2007

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

172/07

Ponentes

Jun 05 2007

Aprobado Tercer DebateComisión VII Senado

252/07

Jun 06 2007

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

252/07

Ponentes

Jul 23 2007

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto Acto Legislativo

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Número en Cámara de Representantes

    126/05

  • Número en Senado

    306/06

  • Fecha de Radicación

    sept. 6, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    252/07

    252/07

    172/07

    235/06

    54/06

    54/06

    839/05

    596/05

  • Tags

    salud