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“Por medio del cual se regula la publicación de las encuestas.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los resultados que generen las empresas cuya actividad sea la de recaudar encuestas en relación con preferencias de orden electoral, podrán publicar sus datos hasta treinta días antes del día de la respectiva elección.
Estas empresas tendrán facultad para realizar encuestas a particulares, movimientos y partidos políticos hasta el último momento, pero no podrán ser divulgados por ningún medio a la opinión pública.


Datos Generales

Ago 29 d 2002 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 29 2002

Radicado

Sep 02 2002

Publicación

360/02

Nov 14 2002

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

497/02

Ponentes

May 06 2003

Aprobado Primer Debate

May 07 2003

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

190/03

Ponentes

Nov 24 2003

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

615/03

Ponentes

Nov 25 2003

Archivado en Debate

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Organización Electoral y elecciones

  • Tema

    Partidos y movimientos

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    68/02

  • Fecha de Radicación

    ago. 29, 2002

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2002 - Jun 2003

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    615/03

    190/03

    497/02

    360/02

  • Tags

    encuestas