Compartir

“Por medio del cual se modifica el inciso tercero del artículo uno de la Ley 1148 del 2007. (régimen municipal. inhabilidades concejales).”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sentencia C899

mié 02 Dic 2009

Ley 1269 de 2009, artículo 1, dice los siguiente los cónyuges o compañeros permanentes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipal... Ver más

Sentencia C933

jue 10 Dic 2009

Ey 1296 de 2009, artículo 1, la norma demandada regula las inhabilidades de contratación con el departamento, de los familiares dentro de... Ver más

Sinopsis

El inciso tercero del artículo 1° de la Ley 1148 de 2007, modificatorio del artículo 49 de la Ley 617 de 2000, quedará así:
Los cónyuges o compañeros permanentes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales, concejales municipales y distritales y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil no podrán ser contratistas del respectivo departamento, distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas, ni directa, ni indirectamente.


Datos Generales

Nov 30 d 2007 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Nov 30 2007

Radicado

Dic 05 2007

Publicación

631/07

Feb 26 2008

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

70/08

Ponentes

Mar 11 2008

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

188/08

May 14 2008

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

255/08

Ponentes

Jul 30 2008

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

538/08, 615/08

Sep 25 2008

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

663/08

Ponentes

Dic 02 2008

Aprobado Tercer DebateComisión I Cámara

59/09, 140/09

Mar 19 2009

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

140/09

Ponentes

Abr 14 2009

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Cámara

212/09, 412/09

Abr 29 2009

Sancionado como LeyLey 1296 de 2009

352/09

Datos generales