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“Por medio del cual se modifica el artículo 138 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones. [Modifica los periodos legislativos del Congreso]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

"El Congreso, por derecho propio, se reunirá en sesiones ordinarias, durante dos períodos por año, que constituirán una sola legislatura. El primer período de sesiones comenzará el 20 de julio y terminará el 16 de diciembre; el segundo iniciará el 16 de enero y concluirá el 20 de junio. En los años donde se celebren elecciones al Congreso de la República, el segundo período de la legislatura iniciará el 16 de marzo".


Datos Generales

Jul 24 d 2020 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 24 2020

Radicado

Ago 12 2020

Publicación

699/20

Ago 13 2020

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992