“Por medio del cual se modifican los artículos 233, 249, 254, 267 y 276 de la Constitución Política. [Inhabilidades cargos altas dignidades]”
Sinopsis
Quien haya ejercido en propiedad el cargo de Magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado no podrá desempeñar el cargo de Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Fiscal General de la Nación, ni el de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado o del Consejo Superior de la Judicatura, ni aspirar a cargos de elección popular sino ocho años después de haber cesado en sus funciones.
Datos Generales
Jul 30 d 2014 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 30 2014 | Radicado | ||
Ago 01 2014 | Publicación | ||
Sep 05 2014 | Acumulado | Ver PL 18/14 Senado |
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2014 2018
Tipo
Proyecto Acto Legislativo
Tema
Rama Judicial
Tema
Organismos de Control y Ministerio público
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 30, 2014
Legislatura
Legislatura Jul 2014 - Jul 2015
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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