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“Por medio del cual se modifica el artículo 249 de la Constitución Nacional sobre la elección del Fiscal General de la Nación. [Elección del Fiscal General de la Nación]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por el Presidente de la República, de terna integrada por un (1) candidato de la Corte Suprema de Justicia, un (1) candidato de la Corte Constitucional y un (1) candidato del Consejo de Estado y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Las Altas Cortes deberán presentar sus respectivos candidatos antes de que el Fiscal General de la Nación en ejercicio culmine su periodo. La Fiscalía General de la Nación forma parte de la Rama Judicial y tendrá autonomía administrativa y presupuestal.


Datos Generales

Ago 22 d 2012 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 22 2012

Radicado

Ago 24 2012

Publicación

550/12

Oct 02 2012

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

664/12, 716/12

Ponentes

Nov 13 2012

Retirado por el AutorArt. 155 Ley 5 de 1992

912/12