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“Por medio de la cual se modifica el artículo 350 de la Ley 1819 de 2016, y se dictan otras disposiciones. [Alumbrado público]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El impuesto de alumbrado público como actividad inherente al servicio de energía eléctrica se destina a la prestación, mejora, modernización y ampliación de la prestación del servicio de alumbrado público, incluyendo suministro, administración, operación, mantenimiento, expansión y desarrollo tecnológico asociado e igualmente a cualquier otra actividad (obras, bienes o servicios) que tenga relación con la prestación de los servicios públicos y funciones que estén a cargo de los distritos y municipios.


Datos Generales

Nov 14 d 2018 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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