Compartir

“Por medio de la cual se declara patrimonio cultural de la Nación del orden ambiental y ecológico, el ecosistema lagunar del norte de Cundinamarca y occidente de Boyacá, se establece el Plan Emergente Ambiental y se dictan unas disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente Ley tiene por objeto declarar Patrimonio Cultural de la Nación, del orden ambiental y ecológico, el ecosistema Lagunar del norte de Cundinamarca y occidente de Boyacá, comprendido por las Lagunas de Fúquene, Cucunubá, Palacio, Suesca, Laguna Verde; Represas del Hato, Neusa, Sisga y nacimiento del río Bogotá; establecer el plan emergente y dictar las disposiciones para la recuperación, regulación, protección ambiental y conservación de la diversidad, la integridad, desarrollo sostenible y participación de la Comunidad para prevenir el deterioro ambiental en el área de influencia.


Datos Generales

Oct 12 d 2007 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 12 2007

Radicado

Oct 18 2007

Publicación

527/07

May 20 2008

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer

280/08

Ponentes

Jun 11 2008

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 De 1992

640/09

Datos generales