“Por medio de la cual se elimina la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad en los asuntos contencioso-administrativos. [Conciliación extrajudicial]”
Estados del Proyecto
Radicado
04.19.2016
Publicación
04.22.2016
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.21.2016
Sinopsis
Ntes de incoar cualquiera de las acciones previstas en los artículos 140 y 141 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las partes, individual o conjuntamente, podrán formular solicitud de conciliación extrajudicial, si el asunto de que se trate es conciliable. La solicitud se acompañará de la copia de la petición de conciliación enviada a la entidad o al particular, según el caso, y de las pruebas que fundamenten las pretensiones.
Datos Generales
Abr 19 d 2016 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 19 2016 | Radicado | ||
Abr 22 2016 | Publicación | ||
Jun 21 2016 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2014 2018
Tipo
Proyecto de ley Estatutaria
Tema
Justicia
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 19, 2016
Legislatura
Legislatura Jul 2015 - Jul 2016
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