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“Por medio de la cual se prohíbe la utilización de elementos que laceren, mutilen, hieran o den muerte en espectáculos públicos a animales y se dictan otras disposiciones. [Protección animal en espectáculos públicos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Para la expedición de los permisos de estos espectáculos, el Alcalde o su delegado deberá tener en cuenta el cumplimiento de las normas de protección animal y en caso de constatar que en alguno de ellos se tenga programado la aflicción de dolor y sufrimiento al mismo, deberá ordenar la modificación de su desarrollo, la prohibición o la suspensión del mismo.


Datos Generales

Abr 09 d 2016 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 09 2016

Radicado

Abr 12 2016

Publicación

141/16

Jun 20 2016

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2014 2018

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Agropecuario y agrícola

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Número en Cámara de Representantes

    224/16

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    abr. 9, 2016

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2015 - Jul 2016

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    141/16

  • Tags

    animales proteccion animal espectaculos publicos