“Por medio de la cual se regula la unión civil entre personas y se dictan otras disposiciones. [Matrimonio de parejas del mismo sexo]”
Estados del Proyecto
Radicado
03.17.2015
Publicación
03.19.2015
Publicada Ponencia Primer Debate
05.27.2015
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.19.2015
Sinopsis
Al establecer que la Unión Civil, creada mediante este proyecto de ley, tendrá los mismos efectos jurídicos del matrimonio civil, nos estamos refiriendo no solo a todos aquellos derechos y obligaciones connaturales a la institución del matrimonio sino también a todas las implicaciones de tipo jurídico que conlleva la realización de este acto jurídico, es decir a la Unión Civil, les serán aplicables las mismas nulidades del matrimonio, el mismo procedimiento para la separación de bienes, de cuerpos, será aplicable el divorcio, los contrayentes formarán una sociedad conyugal que en caso de divorcio deberán disolver y liquidar, podrán constituir capitulaciones, podrán utilizar la figura de afectación a vivienda familiar y podrán constituir patrimonio de familia.
Datos Generales
Mar 17 d 2015 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Mar 17 2015 | Radicado | ||
Mar 19 2015 | Publicación | ||
May 27 2015 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 19 2015 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |