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“Por medio de la cual se establecen y distribuyen las compensaciones derivadas de la exploración y explotación de hidrocarburos y minería y se dictan otras disposiciones. [Distribución de regalías]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Son contraprestaciones básicas en dinero, bienes o activos pactadas en los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, como resarcimiento al daño causado al ambiente, recursos naturales, al patrimonio cultural, a las condiciones socioeconómicas de la población, a la salud e infraestructura de las áreas geográficas de influencia de la actividad. Las compensaciones estarán a cargo de las empresas exploradoras y explotadoras y a favor de las entidades territoriales en cuyo territorio se desarrolle la exploración y explotación de recursos naturales no renovables. Las compensaciones deben pactarse obligatoriamente en todo contrato de exploración y explotación de recursos naturales no renovables y mínimo deben corresponder al cuatro por ciento de la producción bruta en boca o borde de pozo o de mina.


Datos Generales

Oct 08 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 08 2013

Radicado

Oct 10 2013

Publicación

823/13

Jun 13 2014

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

280/14

Ponentes

Jun 20 2014

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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