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“Por medio de la cual se adicionan unos criterios objetivos de equilibrio e igualdad en la fijación del régimen salarial y prestacional de la Ley 4ª de 1992. [Régimen Salarial Congreso]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

En cada una de las entidades del Estado y Corporaciones Públicas, los cargos clasificados en el mismo grado tendrán igual remuneración, preservando siempre la escala de remuneración ascendente entre los empleos clasificados en los diferentes grados. El sistema salarial de los servidores públicos estará integrado por los siguientes elementos: la estructura de los empleos, de conformidad con las funciones que se deban desarrollar y la escala y tipo de remuneración para cada cargo o categoría de cargos. La escala de remuneración ascendente entre los diferentes grupos de empleos clasificados iguales, se respetará en cada una de las entidades del Estado y Corporaciones Públicas. Estas a su vez, periódicamente, revisarán su cumplimiento.


Datos Generales

Sep 05 d 2013 Fecha de inicio 1 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 05 2013

Radicado

Sep 09 2013

Publicación

694/13

Oct 16 2013

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

847/13

Ponentes

Nov 13 2013

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

112/14, 139/14, 770/14

Nov 21 2013

Concepto InstitucionalMinisterio de Hacienda y Crédito Público

945/13

Abr 11 2014

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

139/14

Ponentes

Nov 28 2014

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

770/14

Ponentes

Abr 27 2015

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

252/15, 464/15

May 26 2015

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

329/15

Ponentes

Jun 19 2015

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales