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“Por medio de la cual se restablece el derecho al subsidio familiar para soldados profesionales e infantes de Marina de las Fuerzas Militares y se dictan otras disposiciones. [Subsidio familiar para soldados e infantes de marina]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los soldados profesionales e infantes de Marina de las Fuerzas Militares casados o con unión marital de hecho vigente, tendrán derecho al reconocimiento mensual de un subsidio familiar equivalente al cuatro por ciento (4%) de su salario básico mensual más el 100% de la prima de antigüedad. Para estos efectos, los soldados profesionales e infantes de Marina deberán reportar el cambio de estado civil a partir de su inicio, al Comando de la Fuerza de conformidad con la reglamentación vigente.


Datos Generales

Ago 01 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 01 2013

Radicado

Ago 02 2013

Publicación

588/13

Nov 12 2013

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

908/13

Ponentes

May 06 2014

Aprobado Primer DebateComisión II Senado

326/14, 853/14

Dic 11 2014

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

853/14, 115/15

Ponentes

Jun 19 2015

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales