“Por medio de la cual se dictan normas de seguridad para sistemas de buceo. [Buceo]”
Sinopsis
El objeto de la presente ley es incorporar a la legislación nacional las recomendaciones hechas por la Organización Marítima Internacional en cuanto al proyecto, la construcción y el equipo de los sistemas de buceo, así como normas relativas al reconocimiento de estos, a fin de reducir al mínimo el riesgo de los buceadores, el personal, los buques y las estructuras flotantes que tengan tales sistemas a bordo.
Datos Generales
Dic 14 d 2012 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Profesiones
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
dic. 14, 2012
Legislatura
Legislatura Jul 2012 - Jun 2013
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
sistemas de buceo buceo profesiones buceadores buques estructuras flotantes