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“Por medio de la cual se institucionaliza la semana de receso estudiantil y se adoptan medidas para incentivar el turismo. [Semana de receso estudiantil]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los establecimientos de educación preescolar, básica y media correspondientes al calendario A, incluirán dentro de su calendario académico cinco (5) días de receso estudiantil en la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el Descubrimiento de América. Los establecimientos de educación preescolar, básica y media correspondientes al calendario B, incluirán dentro de su calendario académico cinco (5) días de receso estudiantil en la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora la Independencia de Cartagena de Indias. Esta semana de receso estudiantil no modifica el tiempo de clase que deben dedicar los establecimientos educativos al desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas en la ley.


Datos Generales

Ago 10 d 2011 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 10 2011

Radicado

Ago 11 2011

Publicación

595/11

Jun 20 2012

Retirado por el AutorArt. 155 Ley 5 de 1992

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