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“Por medio de la cual se modifican algunos artículos del Código Nacional Electoral, Decreto 2241 de 1986 y otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Se agregarán 3 párrafos nuevos al artículo 89 del Decreto 2241 de 1986:

- Para los cargos de elección popular de las corporaciones públicas, no se requiere aceptación, ni escrita ni verbal, de una candidatura, cuando medie fuerza mayor en caso de secuestro, entendiéndose que existe la aceptación sin lugar a rechazo, de la inscripción.
-Un representante del partido o movimiento que realizó la inscripción anexará constancia de la denuncia presentada a las autoridades competentes, del secuestro del candidato, que servirá como prueba de la fuerza mayor.
-En caso de secuestro, no es necesario la toma de posesión para adquirir el fuero de la representación y por ende, todos los derechos inherentes al cargo.


Datos Generales

Ago 29 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 29 2001

Radicado

Ago 30 2001

Publicación

429/01

Ago 31 2001

AcumuladoVer PL 741/01 Cámara

Datos generales