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“Por medio de la cual se adoptan medidas de carácter fiscal para propietarios de vehículos automóviles hurtados.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

No estarán obligados a declarar ni pagar impuestos de propiedad ni de rodamiento los propietarios o poseedores de vehículos que hayan sido hurtados y no recuperados. Para dar cumplimiento a lo anterior, la obligación cesará a partir del período siguiente a la ocurrencia del hurto del vehículo.


Datos Generales

Jul 20 d 2009 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Economía

  • Tema

    Tránsito y transporte

  • Número en Cámara de Representantes

    31/09

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    jul. 20, 2009

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2009 - Jun 2010

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    296/10, 341/10

    608/09

  • Tags

    impuestos vehículos