“Por medio de la cual se dictan normas especiales tendientes a resolver la situación de los corregimientos departamentales. [Corregimientos departamentales]”
Estados del Proyecto
Radicado
07.23.2001
Publicación
07.25.2001
Publicada Ponencia Primer Debate
08.24.2001
Aprobado Primer Debate
11.21.2001
Publicada Ponencia Segundo Debate
11.30.2001
Aprobado Segundo Debate
12.05.2001
Publicada Ponencia Tercer Debate
05.17.2002
Aprobado Tercer Debate
05.28.2002
Publicada Ponencia Cuarto Debate
06.07.2002
Aprobado Cuarto Debate
06.17.2003
En Conciliación
06.19.2003
Aprobada Conciliación
06.19.2003
Objeción Total del Ejecutivo
07.07.2003
Sinopsis
El contenido del citado proyecto busca dar cumplimiento al mandato impartido al Congreso de la República por parte de la Corte Constitucional, dentro de la Sentencia C-141 de febrero 7 de 2001, al resolver la demanda de inconstitucional contra el artículo 21 del Decreto 2274 de 1991, ¿por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones¿, y de otro lado, subsanar el vacío que dejó la citada norma, al no establecer a lo largo de su articulado que la figura de los Corregimientos Departamentales sólo tenía vigencia por un período determinado, vencido el cual, estas divisiones departamentales serían transf ormadas en municipios o incorporadas a uno existente. El artículo 21 del citado decreto mantuvo la figura de los corregimientos de las antiguas Intendencias y Comisarías al señalar que se mantendrán como divisiones Departamentales, las cuales serán administradas por un Corregidor, que es agente del Gobernador y una Junta Administradora. También se quiere acabar con una figura atípica dentro del ordenamiento territorial, que de cierta manera, aun cuando el argumento no fue de recibo para la Corte Constitucional, en mi criterio discrimina a los habitantes de los Corregimientos, al no permitirles participar en la elección de sus mandatarios locales como expresión de la voluntad popular, la democracia y la participación ciudadana, si se tiene en cuenta que el Corregidor Departamental es nombrado por el Gobernador. Además esta misma situación los ha condenado a vivir en el olvido más grande y como consecuencia de ello, les ha quitado la posibilidad de un mínimo de desarrollo social, cultural y económico, en igualdad de condiciones al resto de los habitantes del país.
Datos Generales
Jul 23 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 23 2001 | Radicado | ||
Jul 25 2001 | Publicación | ||
Ago 24 2001 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Nov 21 2001 | Aprobado Primer Debate | Comisión I Cámara | |
Nov 30 2001 | Publicada Ponencia Segundo Debate | Segundo debate | |
Ponentes | |||
Dic 05 2001 | Aprobado Segundo Debate | Plenaria Cámara | |
May 17 2002 | Publicada Ponencia Tercer Debate | Tercer debate | |
Ponentes | |||
May 28 2002 | Aprobado Tercer Debate | Comisión I Senado | |
Jun 07 2002 | Publicada Ponencia Cuarto Debate | Cuarto debate | |
Ponentes | |||
Jun 17 2003 | Aprobado Cuarto Debate | Plenaria Senado | |
Jun 19 2003 | En Conciliación | Informe | |
Ponentes | |||
Jun 19 2003 | Aprobada Conciliación | En Senado y Cámara | |
Jul 07 2003 | Objeción Total del Ejecutivo | Objetado totalmente por razones de inconstitucionalidad. Ministerio de Hacienda |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Ordenamiento Territorial y regiones
Tema
Administración pública
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 23, 2001
Legislatura
Legislatura Jul 2001 - Jun 2002
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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