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“Por medio de la cual se modifica el artículo 241 de la Constitución Política (Funciones Corte Constitucional).”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La modificación consiste en agregar al artículo 241 el siguiente texto:
"Sus decisiones (las de la Corte Constitucional) no podrán modificar la Constitución ni las leyes, a excepción de las modificaciones naturales producidas por los fallos de inexequibilidad de las normas correspondientes y similares en cada caso particular". Ello con el fin de que la Corte Constitucional no ejerza funciones que le corresponden a otros organismos del Estado.


Datos Generales

Jul 31 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 31 2001

Radicado

Ago 03 2001

Publicación

368/01

Ago 21 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

428/01

Ponentes

Oct 16 2001

Archivado en DebateCom I Cámara Art 157 Ley 5 de 1992

178/02