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“Por medio de la cual se reglamenta el derecho de petición de los particulares.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.


Datos Generales

Jul 24 d 2000 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 24 2000

Radicado

Jul 27 2000

Publicación

290/00

Nov 20 2000

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

457/00

Ponentes

Dic 12 2000

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

21/01, 39/01

Feb 06 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

21/01

Ponentes

Abr 18 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

155/01

May 23 2001

Publicada Ponencia Tercer DebatePrimer debate

247/01

Ponentes

May 29 2001

Aprobado Tercer DebateComisión I Cámara

269/01, 384/01

Jun 14 2001

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

302/01

Ponentes

Jul 31 2001

Archivado en DebatePlenaria Cámara Art 157 Ley 5 de 1992

430/01

Datos generales