“Por medio de la cual se regula las inhabilidades de los miembros del Banco de la República y el régimen contractual aplicable. ”
Estados del Proyecto
Radicado
08.24.1999
Publicación
08.27.1999
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2000
Sinopsis
Los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República quedarán inhabilitados para ejercer actividades políticas durante un años después de terminado su período. Las inhabilidades de orden constitucional y legal de los Congresistas, se aplicarán por igual a los miembros de la Junta Directiva. Estarán inhabilitados los miembros de la Junta Directiva, el Ministro de Hacienda y el Director de Planeación, durante el año siguiente al vencimiento de su período o de ser presentada su renuncia, para ser integrantes del FMI, BID y de los diferentes bancos mundiales.
Datos Generales
Ago 24 d 1999 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 24 1999 | Radicado | ||
Ago 27 1999 | Publicación | ||
Jun 20 2000 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 | |
Ponentes |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Economía
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 24, 1999
Legislatura
Legislatura Jul 1999 - Jun 2000
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
Banco de la República Junta Directiva Banco de la República BID FMI