Compartir

“Por medio de la cual se regula las inhabilidades de los miembros del Banco de la República y el régimen contractual aplicable. ”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República quedarán inhabilitados para ejercer actividades políticas durante un años después de terminado su período. Las inhabilidades de orden constitucional y legal de los Congresistas, se aplicarán por igual a los miembros de la Junta Directiva. Estarán inhabilitados los miembros de la Junta Directiva, el Ministro de Hacienda y el Director de Planeación, durante el año siguiente al vencimiento de su período o de ser presentada su renuncia, para ser integrantes del FMI, BID y de los diferentes bancos mundiales.


Datos Generales

Ago 24 d 1999 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 24 1999

Radicado

Ago 27 1999

Publicación

278/99

Jun 20 2000

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Ponentes

Datos generales