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“Por medio de la cual se crea una presunción de filiación extramatrimonial y la porción marital en las uniones maritales de hecho; se adiciona el artículo 2° de la Ley 29 de 1982; se modifica el artículo 8° de la Ley 54 de 1990 y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El hijo concebido durante la vigencia de la unión marital de hecho de los padres, de conformidad con la Ley 54 de 1990, es hijo extramatrimonial de los compañeros permanentes. La naturaleza, alcances y efectos de esta presunción legal de filiación extramatrimonial, serán iguales a los previstos por la ley para la presunción de legitimidad consagrada en los artículos 213 y siguientes del Código Civil Colombiano, y operará en materia de alimentos desde el momento de la declaración judicial de existencia de la unión marital de hecho.


Datos Generales

Feb 23 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Feb 23 2005

Radicado

Mar 04 2005

Publicación

72/05

Abr 26 2005

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

259/05

Ponentes

Jun 20 2005

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Notariado y registro

  • Tema

    Familia

  • Número en Cámara de Representantes

    298/05

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    feb. 23, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2004 - Jun 2005

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    259/05

    72/05

  • Tags

    extramatrimonial