“Por medio de la cual se garantiza una pensión vitalicia a los creadores o gestores que hayan hecho grandes aportes a la cultura nacional.”
Estados del Proyecto
Radicado
07.27.2004
Publicación
07.29.2004
Publicada Ponencia Primer Debate
10.22.2004
Archivado en Debate
11.03.2004
Sinopsis
El Estado garantizará una pensión vitalicia en las modalidades de vejez o invalidez a los creadores o gestores que hayan hecho grandes aportes a la cultura colombiana. La pensión vitalicia será de un monto mensual igual a la suma de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes. Quien aspire a ser beneficiario de la pensión deberá acreditar que no tiene recursos o que sus ingresos son inferiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes. Entiéndase por creador o gestor lo preceptuado por los artículos 27 y 28 de la Ley 397 de 1997.
Datos Generales
Jul 27 d 2004 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Jul 27 2004 | Radicado | ||
Jul 29 2004 | Publicación | ||
Oct 22 2004 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Nov 03 2004 | Archivado en Debate | Art 157 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad Social y salud
Tema
Educación, cultura, ciencia y tecnología
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 27, 2004
Legislatura
Legislatura Jul 2004 - Jun 2005
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags