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“Por medio de la cual se regula la creación, organización, funcionamiento, se asignan funciones publicas y se establecen controles al Colegio de Abogados, con fundamento en el articulo 26 de la Constitución Política. [Colegio de Abogados]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Corresponde al Ministerio del Interior y del Derecho reconocer personería jurídica al Colegio, y ejercer la inspección y vigilancia. El Colegio Nacional de Abogados, se constituye como una organización democrática, participativa y pluralista, sin ninguna discriminación por lo que estará integrado por todos los abogados que libremente deseen asociarse, acreditando título académico de idoneidad, obtenido conforme a los requisitos establecidos en la ley.


Datos Generales

Jul 20 d 2003 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2003

Radicado

Jul 23 2003

Publicación

342/03

Jun 20 2004

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Profesiones

  • Tema

    Rama Ejecutiva

  • Número en Cámara de Representantes

    15/03

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    jul. 20, 2003

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2003 - Jun 2004

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    342/03

  • Tags

    Colegio Abogado