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“Por medio de la cual se recaudan y destinan unos recursos financieros para el fútbol profesional y de ascenso.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A partir de la vigencia de la presente ley, se cobrará a todos los usuarios de los servicios públicos domicil iarios un aporte anual equivalente a:
Estratos 1 2 $100 = Por mes
Estratos 3 4 $500 = Por mes
Estratos 5 6 $2.000 = Por mes
Comercial y Público $2.000 = Por mes
El recaudo de la presente contribución la realizarán las empresas que prestan los servicios públicos domiciliarios. El Gobierno Nacional administrará en cuenta aparte el producto del recaudo aquí ordenado y los rendimientos financieros que produzcan se deberán invertir en lo buscado por la presente ley. Dicho manejo se debe realizar a través de Coldeportes Nacional. El Gobierno Nacional girará a los beneficios de la presente ley lo que les corresponda así:
- 60 % Equipos profesionales de fútbol de la primera División afiliados a la Dimayor.
- 25% Equipos de fútbol del torneo de ascenso afiliados a la Dimayor.
- 15% Construcción de escenarios Deportivos para la practica de fútbol y de Escuelas deportivas inscritas en los respectivos Institutos de Recreación y Deporte Municipales.


Datos Generales

Nov 28 d 2002 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Nov 28 2002

Radicado

Dic 02 2002

Publicación

558/02

Dic 16 2002

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Recreación y deporte

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    147/02

  • Fecha de Radicación

    nov. 28, 2002

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2002 - Jun 2003

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    558/02

  • Tags

    deporte futbol