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“Por medio de la cual se crean las colegiaturas de abogados litigantes y se reglamenta su funcionamiento.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Las Colegiaturas de Abogados Litigantes tendrán como objetivo llevar el registro jurídico único y de acreditación de los Abogados titulados que ejerzan exclusivamente la profesión litigiosa en los despachos judiciales y entidades de la administración pública. El Registro Jurídico Único tendrá por objeto llevar la inscripción de los Abogados Litigantes con dedicación exclusiva al litigio profesional. Será público y de obligatorio cumplimiento para ejercer la profesión, el cual deberá ser renovado anualmente.


Datos Generales

Sep 04 d 2002 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 06 2002

Radicado

Sep 11 2002

Publicación

376/02

Oct 22 2002

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

469/02

Ponentes

Jun 20 2003

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Educación, cultura, ciencia y tecnología

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

    59/02

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    sept. 4, 2002

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2002 - Jun 2003

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    469/02

    376/02

  • Tags

    Profesiones abogados tarjeta profesional