“Por medio de la cual se crean las colegiaturas de abogados litigantes y se reglamenta su funcionamiento.”
Estados del Proyecto
Radicado
09.06.2002
Publicación
09.11.2002
Publicada Ponencia Primer Debate
10.22.2002
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2003
Sinopsis
Las Colegiaturas de Abogados Litigantes tendrán como objetivo llevar el registro jurídico único y de acreditación de los Abogados titulados que ejerzan exclusivamente la profesión litigiosa en los despachos judiciales y entidades de la administración pública. El Registro Jurídico Único tendrá por objeto llevar la inscripción de los Abogados Litigantes con dedicación exclusiva al litigio profesional. Será público y de obligatorio cumplimiento para ejercer la profesión, el cual deberá ser renovado anualmente.
Datos Generales
Sep 04 d 2002 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Sep 06 2002 | Radicado | ||
Sep 11 2002 | Publicación | ||
Oct 22 2002 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2003 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Educación, cultura, ciencia y tecnología
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
sept. 4, 2002
Legislatura
Legislatura Jul 2002 - Jun 2003
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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