“Por medio de la cual se regula el derecho al uso y disfrute del agua.”
Estados del Proyecto
Radicado
08.14.2002
Publicación
08.20.2002
Publicada Ponencia Primer Debate
05.05.2003
Archivado en Debate
06.04.2003
Sinopsis
Declárese el derecho al uso del agua como un derecho fundamental por su directa relación con la salud y como elemento básico para la alimentación de los seres humanos y de todas las especies vivas; de èste modo el agua pertenece a la Nación y por ende es de dominio público, inalienable e imprescriptible; el dominio privado de las aguas no se ejercerá en detrimento de la salud, la alimentación y los usos agrícolas e industriales que la comunidad demande. Todos los residentes en el territorio nacional tienen derecho al uso y goce del agua. El consumo domiciliario solo impondrá unas tarifas que cubran el transporte del líquido, su instalación domiciliaria, su conservación sanitaria y el nivel de potabilidad del agua para el consumo humano. El régimen que allí impere será el de libertad regulada.
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Ago 14 2002 | Radicado | ||
Ago 20 2002 | Publicación | ||
May 05 2003 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
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Jun 04 2003 | Archivado en Debate | Com V Cámara Art 157 Ley 5 de 1992 |