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“Por medio de la cual se establecen medidas para garantizar el suministro de los elementos de habilitación, rehabilitación y ayudas técnicas para la población colombiana en condiciones de discapacidad.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Con el fin de facilitar la habilitación y rehabilitación de la población colombiana en condiciones de incapacidad, el Gobierno Nacional y las Entidades Promotoras de Salud deberán cubrir el costo de los elementos de habilitación y rehabilitación, tales como sillas de ruedas, sillas pato, bastones de apoyo, audífonos, coches pediátricos, barras de baño, muletas, pasamanos, colchones y cojines antiescaras y demás elementos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, que hagan más fácil la accesibilidad y adaptabilidad a una vida normal de las personas discapacitadas.


Datos Generales

Jul 22 d 2009 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 22 2009

Radicado

Jul 23 2009

Publicación

595/09

May 07 2010

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

183/10

Ponentes

Jun 15 2010

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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