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“Por medio de la cual se modifica la Ley 181 de 1995 y se dictan otras disposiciones. [Deporte profesional] ”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los clubes con deportistas profesionales podrán organizarse como corporaciones o asociaciones deportivas sin ánimo de lucro de las previstas en el Código Civil o sociedades anónimas de las previstas en el Código de Comercio. Después del término de un año (1) contado a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, ninguna persona natural o jurídica independientemente del número de títulos de afiliación aportes o derechos que posea en los clubes con deportistas profesionales organizados como corporaciones o asociaciones deportivas sin ánimo de lucro, tendrá derecho a más de un (1) voto por ellos. Ninguna persona natural o jurídica podrá poseer más del 20% de los títulos de afiliación, acciones o aportes de tales clubes. Ta mpoco podrá participar en la propiedad de más de un club del mismo deporte, directamente o por interpuesta persona.


Datos Generales

Sep 01 d 2010 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 01 2010

Radicado

Sep 03 2010

Publicación

599/10

Sep 04 2010

AcumuladoVer PL 73/10 Cámara

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