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“Por medio de la cual se modifica la Ley 181 de 1995, para garantizar la no discriminación, el derecho a la igualdad y/o equidad de género en la inversión de recursos estatales con destino al deporte.[Igualdad de género en la inversión en deporte]”

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Decisiones de la Corte

Sinopsis

En la asignación de las inversiones para el fomento, masificación y apoyo de talentos deportivos, con cargo a los recursos de que trata el presente Artículo, o los provenientes de cualquier otra fuente, se prohíbe la discriminación en razón al sexo del beneficiario y se deberá garantizar la igualdad de género. Cuando no fuere posible hacer efectiva la igualdad de género, así deberá demostrarlo el funcionario correspondiente y para la distribución de los recursos, se aplicará la equidad de género.


Datos Generales

Dic 03 d 2019 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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