“Por medio de la cual se modifica el artículo 219 de la Ley 599 de 2000. [Turismo Sexual]”
Estados del Proyecto
Radicado
09.18.2013
Publicación
09.18.2013
Publicada Ponencia Primer Debate
11.08.2013
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2014
Sinopsis
El que dirija, organice o promueva actividades turísticas que incluyan la utilización sexual de menores de edad incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años. La pena se aumentará en la mitad cuando la conducta se realizare con menor de catorce (14) años.
Datos Generales
Sep 18 d 2013 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Sep 18 2013 | Radicado | ||
Sep 18 2013 | Publicación | ||
Nov 08 2013 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2014 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |