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“Por medio de la cual se establece una contribución para el apoyo del Sistema de Preparación de Deportistas. [Sistema de Preparación de Deportistas]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El proyecto crea la contribución para el Sistema de Preparación de Deportistas convencionales y paralímpicos en todas las disciplinas que representan al país en los eventos mundiales y competencias del ciclo olímpico y paralímpico. Son sujetos activos de esta contribución los operadores multinacionales de televisión paga. Para efectos del cobro y recaudo del tributo debe entenderse como base gravable el dos por ciento (2%) de las utilidades netas de los operadores multinacionales de televisión paga que operan en el territorio nacional. El recaudo de la contribución de que trata la presente ley estará a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y será presupuestado por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre. Los recursos recaudados serán destinados única y exclusivamente para el sistema de preparación de los deportistas convencionales y paralímpicos en todas las disciplinas que representan al país en los eventos mundiales y competencias del ciclo olímpico y paralímpico.


Datos Generales

Ago 15 d 2012 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 15 2012

Radicado

Ago 17 2012

Publicación

533/12

Dic 03 2012

Retirado por el Autor

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