Compartir

“Por medio de la cual se adicionan los articulos 15 y 93 de la Ley 388 de 1997. [Vivienda de interés prioritario, Asentamientos humanos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los terrenos que se localicen para uso de vivienda de interés prioritario y/o reubicación de asentamientos humanos, serán únicamente categorizados por las autoridades catastrales como pertenecientes a estrato uno (1) y así se mantendrán por un término de cinco 5 años improrrogables contados a partir de la entrega real y material de las viviendas a los beneficiarios, con el fin de garantizar una adecuada incorporación al sistema tributario de predial y de servicios públicos domiciliarios


Datos Generales

Nov 23 d 2010 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Nov 23 2010

Radicado

Nov 29 2010

Publicación

978/10

May 31 2011

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

413/11

Ponentes

Jun 20 2011

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2010 2014

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Vivienda

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Número en Cámara de Representantes

    144/10

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    nov. 23, 2010

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2010 - Jun 2011

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    413/11

    978/10

  • Tags