“Por medio de la cual se adiciona el artículo 365A a la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano. [Porte de armas blancas]”
Sinopsis
El que en sitio público o privado abierto al público, tales como establecimientos educativos, estadios, centros deportivos, salas de cine, discotecas, bares, lugares en donde se expendan bebidas alcohólicas, porte armas blancas, incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor. A quien reincida en esta conducta se le duplicará la pena mínima señalada.
Datos Generales
Jul 31 d 2013 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 31 2013 | Radicado | ||
Ago 02 2013 | Publicación | ||
Ago 06 2013 | Acumulado | Ver PL 31/13 Senado |
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad, defensa y fuerza pública
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 31, 2013
Legislatura
Legislatura Jul 2013 - Jun 2014
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
porte de armas blancas armas blancas armas seguridad orden publico violencia inseguridad