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“Por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – Código de Tránsito y Transporte. [Vehículos inmovilizados]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

En caso que los vehículos inmovilizados no sean reclamados, pasado dos (2) años, contado a partir de la inmovilización, sin que los vehículos hayan sido reclamados, el organismo de tránsito podrá disponer que los vehículos no reclamados sean vendidos en martillo público o mediante la aplicación de cualquier otro procedimiento, establecido por vía general, que garantice una adecuada concurrencia de oferentes, siempre y cuando previamente se haya dado cumplimiento al requisito a que se refiere el inciso siguiente. La venta se hará previo avalúo.

El último día de cada mes, el organismo de tránsito deberá efectuar dos (2) publicaciones a través del medio más eficaz, en las que informe al público qué vehículos se encuentran incautados, de tal manera que se permita la identificación de los mismos.

Con los recursos que el organismo de tránsito reciba en desarrollo de lo previsto en el presente artículo, se constituirá un fondo cuyos rendimientos se destinarán a cubrir los gastos que demande la realización del procedimiento aquí previsto, descontándose el valor del parqueadero por el tiempo que estuvo inmovilizado el automotor. En caso de que se presenten los propietarios de los vehículos enajenados, se procederá a la devolución del precio obtenido con la venta, debidamente actualizado.


Datos Generales

Sep 05 d 2012 Fecha de inicio 4 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 05 2012

Radicado

Sep 05 2012

Publicación

586/12

Oct 18 2012

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

706/12

Ponentes

Nov 20 2012

Aprobado Primer DebateComisión VI Cámara

890/12

Dic 05 2012

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

890/12

Ponentes

Dic 13 2012

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

969/12, 271/13

Ago 20 2013

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

632/13

Ponentes

Nov 19 2013

Aprobado Tercer DebateComisión VI Senado

1065/13, 50/14

Dic 10 2013

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

1065/13

Ponentes

May 14 2014

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

238/14, 271/14

Jun 17 2014

En ConciliaciónInforme de conciliación

295/14, 299/14

Ponentes

Jun 18 2014

Aprobada conciliación en SenadoPlenaria Senado

351/14

Jun 18 2014

Aprobada conciliación en CámaraPlenaria Cámara

336/14

Jul 29 2014

Sancionado como LeyLey 1730 de 2014

482/14

Datos generales