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“Por la cual se suspenden provisionalmente procesos judiciales y ejecuciones de sentencias por deudas contraídas a través del sistema UPAC y/o UVR cuyo objeto lo constituya la vivienda única del deudor y su familia al igual que la suspensión de los procesos de jurisdicción coactiva de los inmuebles urbanos o rurales de la población desplazada por la violencia y se dictan otras disposiciones”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene por objeto suspender por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días hábiles la tramitación de todos los procesos judiciales cualquiera sea la instancia procesal en la que se encuentren y en particular el acto de subasta y desalojo, promovidos o que se promuevan, en los que el objeto de la ejecución lo constituya la vivienda única del deudor y su familia, adquirida a través del sistema UPAC y/o UVR. Dicha suspensión se hace extensiva a cualquier acción de ejecución por deudas conexas al proceso.


Datos Generales

Dic 15 d 2009 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Dic 15 2009

Radicado

Dic 16 2009

Publicación

1309/09

Jun 20 2010

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Vivienda

  • Tema

    Economía

  • Número en Cámara de Representantes

    237/09

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    dic. 15, 2009

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2009 - Jun 2010

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    1309/09

  • Tags

    vivienda subasta desalojo upac uvr