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“Por la cual se regula lo atinente a los requisitos y procedimientos para ingresar servicio educativo estatal en las zonas de difícil acceso, poblaciones especiales o áreas de formación técnicas o deficitarias.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Gobierno Nacional, a partir de la vigencia de la presente ley, determinará los casos y términos en que por tratarse de zonas de difícil acceso, poblaciones especiales o áreas de formación técnicas o deficitarias, puedan vincularse provisionalmente al servicio educativo personas sin los títulos académicos mínimos señalados en la ley, pero sin derecho a inscribirse en el escalafón docente. El Gobierno Nacional establecerá los procedimientos para inscribir en el escalafón docente, la vinculación mediante concurso y el ejercicio de la docencia en educación básica y media, a los bachilleres pedagógicos o normalistas que poseían su título a noviembre 1º de 2000.


Datos Generales

Ago 11 d 2004 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 11 2004

Radicado

Ago 13 2004

Publicación

432/04

Sep 14 2004

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

551/04

Ponentes

Sep 28 2004

Aprobado Primer DebateComisión VI Cámara

639/04, 707/04

Oct 14 2004

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

639/04

Ponentes

Dic 14 2004

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

18/05

Abr 19 2005

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

189/05

Ponentes

Dic 12 2005

Aprobado Tercer DebateComisión VI Senado

Dic 23 2005

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

945/05

Ponentes

May 10 2006

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

138/06

Jun 21 2006

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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